Es un aporte en dinero definido por ley que corresponde a una parte del valor del servicio y tiene como finalidad ayudar a financiar el sistema (Acuerdo 260 de 2004 del CNSSS).
Los copagos son pagados únicamente por los beneficiarios con base en el ingreso base de cotización de su cotizante, de acuerdo con los rangos establecidos por la ley. La información de los rangos la puede obtener también en la línea de atención al usuario.
Usted debe pagar copago en todos los servicios del POSC en los cuales no se cobra cuota moderadora. No se cobra copago en los siguientes eventos:
- Servicios de promoción y prevención
- Programas de atención materno infantil
- Programas de control en atención de enfermedades transmisibles
- Atención inicial de urgencias
- Enfermedades catastróficas o alto costo
Los valores de los copagos, que deben ser pagados en efectivo previo a la atención en la IPS, son las siguientes:
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Ingreso Base de Cotización |
|
Menor a 2 SMLMV |
Entre 2 y 5 SMLMV |
Mayor a 5 SMLMV |
Porcentaje del valor del servicio |
11,5% |
17,3% |
23,0% |
Tope máximo por servicio (manejo de una patología específica en el mismo año)** |
$142.610 |
$571.435 |
$1.142.870 |
Tope máximo por año (Valor máximo por año en diferentes patologías)** |
$285.718 |
$1.42.870 |
$2.285.740 |
*Salario mínimo legal mensual vigente
**Valor vigente hasta el 31 de diciembre de 2009. A partir del primero de enero de cada año se actualiza con base en el nuevo salario mínimo legal vigente. A partir de esta fecha puede ser consultado también en las Líneas de Atención al Usuario.